LAS FALACIAAS DE APRODEH
actual Embajador del Perú en la República de su SudAfrica,
aparecido ayer en Internet, referente al discutido caso de
APRODEH. Es una de las más lúcidas disquisiciones publicadas en
estos días en el país y en el extranjero,en relaciòn con
la grave intervención realizada por dicha ONG ante el Parlamento
Europeo respecto a la facción terrorista MRTA:
LAS FALACIAS DE ARPODEH
por Félix C. Calderón
2-5-2008
La defensa de los derechos humanos no implica un comportamiento
lineal, rígido y monotemático; sino, dialéctico, subordinado a las
prioridades del hecho social y, por lo mismo, comprensivo. Si un
pueblo sufre los estragos de una dictadura oprobiosa, como es el caso
de Zimbabwe, para citar un ejemplo, es indudable que los derechos
civiles y políticos tendrán la primera prioridad para aquellas
instituciones que en medio del peligro asumen la defensa de esos
derechos fundamentales. Sin embargo, cuando se vive en democracia,
impera el estado de derecho y se ejercen los derechos fundamentales al
extremo de llevar la libertad de opinión a niveles delirantes, son los
derechos económicos y sociales los que forzosamente constituyen la
primera prioridad, pues pasa a ser preponderante la lucha contra la
pobreza masiva y la desigualdad obscena, como diría Nelson Mandela,
verdaderos flagelos de la mayoría de los pueblos en los días que
corren.
Por otro lado, hay dos formas de defender los derechos humanos.
Aquella altruista, dictada por el desprendimiento y sin otra agenda
que la de la propia conciencia, de la cual se conocen casos admirables
en el mundo. Y otra, egoísta, movida por el interés pecuniario y con
una agenda politizada que hace de la defensa de los derechos humanos
un medio de vida antes que una causa noble por la cual inmolarse.
Mientras que en el primer caso los derechos humanos pasan a ser una
filosofía de vida y, lógicamente, suscitan la empatía popular; en el
segundo, se convierten en mercancía y, por ende, en objeto de
manipulación política, al margen del interés popular.
Dicho lo anterior, a continuación vamos a examinar el reciente
escándalo provocado por Aprodeh desde dos ángulos distintos. El
primero centrado en el contenido de la comunicación que dirigió el
pasado 22 de abril a los europarlamentarios, al margen de los errores
de redacción o sintaxis. Y, el segundo, más actual y de interés
nacional, relacionado con la práctica internacional que se sigue
contra los terroristas.
En cuanto a la comunicación propiamente dicha, se trata de un texto
breve de cinco párrafos. Descontando el primer párrafo en que se
precisa el motivo de la carta, en el segundo párrafo se hace
referencia, juntamente con Aprodeh, a un enigmático "movimiento
peruano de derechos humanos", que más que entidad se presenta como
entelequia. No se dice a quienes representan ni quienes los han
elegido. Simplemente, se arrogan una representación con base en la
cual se permiten hacer una interpretación arbitraria de la causa que
dicen defender. Vamos a explicarnos. En primer lugar, en ese párrafo
se hace travestismo de la lucha del pueblo peruano contra el
terrorismo, pues se le presenta como "período de la violencia
política", todo lo cual es inaceptable política, jurídica y
moralmente. En segundo lugar, víctimas de su condicionamiento
ideológico, no califican de manera explícita como grupos terroristas a
Sendero Lumino y al MRTA; sino, se limitan tan solo a rechazar y
condenar "los actos de terror de los grupos como SL y MRTA" que no es
lo mismo. Una cosa son "los actos de terror" y otra muy diferente el
accionar terrorista; como, también, son distintos semánticamente
"terror" y "terrorismo".
Y es con base en esa argumentación falaz del segundo párrafo, que en
el tercero se incurre alegremente en otra falacia: "desde hace más de
ocho años no se conocen actividades del MRTA, sus principales
dirigentes están en prisión, algunos cumplieron sus penas y decenas se
encuentran desvinculados viviendo en muchos lugares del mundo."
Argumentación francamente alucinante; por cuanto, el que no se
conozcan actividades terroristas en un período determinado, no quiere
decir que éstas no vuelvan a producirse, a fortiori si no ha habido
una renuncia expresa, pública e irrevocable al terrorismo, seguida del
debido arrepentimiento de esos facinerosos. Ese mismo párrafo es
contradictorio para el fin que persigue, porque se refiere a
"principales", "algunos" y "decenas", vale decir, no involucra a
todos. Además, hablar de decenas de esos terroristas que viven en
muchos lugares del mundo, dice bastante de la extraordinaria capacidad
de perdón que tiene el pueblo peruano y del respeto extremo a los
derechos humanos, si se recuerda que en otras latitudes a los
terroristas sencillamente "los suicidaron".
El cuarto párrafo parece fruto de una reprobable contorsión
surrealista, en tanto en cuanto se encuentra desconectado de los tres
primeros, e invierte maliciosamente la grave crisis que vivió el Perú
con motivo de la toma de rehenes en la Embajada del Japón en Lima, en
diciembre de 1996. Poner el acento en un discutible subproducto de la
arriesgada y exitosa operación "Chavín de Huántar" a cambio de
soslayar o ignorar la causa eficiente dada por el demencial accionar
terrorista del MRTA que puso en jaque al pueblo peruano con una
intolerable amenaza, es propio de sospechosos desmemoriados. Asimismo,
es falaz utilizar las categorías racionales cuando se trata de
explicar o responder a fenómenos irracionales. El terrorismo o la
violencia delincuencial, entre otros, son manifestaciones irracionales
del comportamiento humano que se rigen por reglas ajenas a los
principios y deberes que informan cualquier manual de instrucción.
Esto explicaría, por ejemplo, la enérgica respuesta que hace
relativamente poco dio la viceministra sudafricana S. Shabangu de
"matar a los bastardos", apoyada en el siguiente argumento: "si los
delincuentes se atreven a amenazar a la policía o a la gente inocente,
deben morir. End of the story." Y hablamos de Sudáfrica, un país con
incuestionables credenciales de respeto a los derechos humanos. A
mayor abundamiento, para el caso del Perú la política antiterrorista
tiene un sustento jurídico, que tantas veces hemos señalado,
consagrado en el artículo 32º. de la Convención Americana sobre
Derechos Humanos, por el cual los derechos humanos individuales quedan
subordinados a la defensa y seguridad de la sociedad democrática en su
conjunto. Principio que, convenientemente, suelen callar los
autoproclamados defensores de los derechos humanos.
Ahora bien, mediante esa inversión de valores, se vuelve a hacer una
nueva contorsión argumental en el párrafo cuarto para terminar
virtualmente sancionando al ex presidente Fujimori de crímenes de lesa
humanidad. Independientemente de la necesidad de dejar a la justicia
peruana que haga su trabajo en relación con los delitos por los cuales
fue extraditado de Chile, la primera pregunta que surge es ¿cómo así
es posible exculpar prematura e inexcusablemente el accionar
terrorista del MRTA, y sancionar a priori y sin respeto al debido
proceso a quien se encuentra actualmente sometido a juicio? ¿Es
posible diferenciar entre los derechos humanos en función de personas?
¿Cuál es la diferencia entre la paranoia política llevada al paroxismo
y la seria, ponderada y justa persecución legal? Según el periodista
John Laughland (Guardian News), las organizaciones que se reclaman
defensoras de los derechos humanos en el Perú no parecen interesadas
en la presunción de inocencia, sino en culpar al acusado antes de que
se concluya el juicio.
En fin, llegamos al quinto y último párrafo en que a partir de otra
falacia "compartimos con la Unión Europea la defensa de la vida y los
principios de los derechos humanos", se concluye con otra mayor: "no
se debe sobre dimensionar la existencia y actividad de un grupo como
el MRTA, que puede servir para perseguir a activistas sociales y
opositores políticos, acusándolos injustamente del delito de
terrorismo." La primera falacia tiene que ver con el verbo "compartir"
en circunstancias que hay una enorme diferencia entre la
jurisprudencia de la Corte de Estrasburgo y aquella mediocre de la
Corte de San José. De acuerdo con el Tratado de Roma y sus
modificaciones, tal como lo hemos señalado en varias oportunidades, el
derecho a la vida se encuentra puntualmente delimitado en artículo 2º,
inciso 2, de suerte tal que la obligación que tiene el Estado de
proteger debe entenderse como una obligación positiva (dentro de
parámetros y de lo posible), la cual solo puede ser examinada a la luz
de las circunstancias específicas que rodean cada caso, que es,
también, un apotegma para la Corte de Estrasburgo. De ninguna manera
se puede generalizar. De acuerdo con la jurisprudencia de esa Corte,
la obligación positiva de adoptar las medidas preventivas de orden
práctico para proteger la vida de una persona amenazada, por ejemplo,
no supone "impedir toda violencia potencial", por ser esto
completamente irreal. Tampoco supone adoptar medidas concretas para
prevenir su realización si se desconoce el momento en que la vida de
esa persona va a confrontar una amenaza real e inmediata. Ese no es el
caso de la deleznable jurisprudencia de la Corte de San José. Según la
lógica absurda que la guía, los juicios resultan francamente
innecesarios, pues para expedir las sentencias condenatorias no le
interesa la culpabilidad ni la intencionalidad de los autores
(premeditación), sino tan solo "demostrar que se han verificado
acciones u omisiones", las cuales forzosamente van a recaer en el
Estado parte. Dicho de otra manera, ya se sabe de antemano quién es el
chivo expiatorio, solo es cuestión de determinar cuánto debería pagar
por concepto de reparaciones. Ergo, lo que se dice "compartir" sería
esa diferencia que se calla, porque es el derecho en acción lo que
cuenta. De allí la indignante paradoja, para nada "dramática", de que
la Corte de San José haya dispuesto que el Estado indemnice al
ideólogo de "Artemio" en circunstancias que éste, lejos de
arrepentirse, había vuelto a las andanzas del terrorismo homicida.
Y decimos que la segunda falacia es mayor porque esa imputación que se
hace directamente al Perú ("puede servir para perseguir") es propia de
una satrapía, mas no de un Estado democrático. Por de pronto, admitir
que el MRTA es una organización terrorista no supone sobredimensionar
nada. Es tan solo un diagnóstico factual, ajustado a lo que se sabe.
Por eso, inferir sin mayor fundamento que el negado sobre
dimensionamiento puede dar motivo al Gobierno democrático a acusar a
los "activistas sociales" y "opositores políticos" del delito de
terrorismo, es un juicio de valor temerario, deleznable e
ideológicamente sesgado, ajeno al comportamiento responsable, maduro y
plenamente identificado con el sentir de la mayoría nacional, que debe
primar en quienes dicen defender los derechos humanos. Peor aún, si
aquellos que lo dicen son parias electorales por carecer de respaldo
en las urnas.
En efecto, pontificar en materia de derechos humanos exige una
autoridad moral por encima de la politique politicienne. Desmond Tutu
habla con derecho en Sudáfrica como lo hace Nelson Mandela, porque
ambos cuidan que sus actos se encuentren al margen de los intereses
partidarios o políticos o de agendas foráneas, lo que explicaría por
qué nunca han salido con un disparate de ese calibre. Es más, cuando
en 1992 se tuvo conocimiento de la masacre de Boipatong en que hubo
entre las víctimas mortales un bebé de nueve meses, un niño de cuatro
años y 24 mujeres, una de ellas encinta, la cual fue seguida de otra
masacre en Bisho, capital de Ciskei, meses más tarde, la respuesta de
Mandela no fue el recrudecimiento de la lucha armada, sino la
aceleración de las negociaciones para poner fin al régimen ominoso del
apartheid, tal como lo revela Allister Sparks en su best seller
"Tomorrow is another country". Vale decir, se actuó con clarividencia,
sin odio ni venganza, esto es con sentido de la historia. Por eso,
luego se pasó a la amnistía generalizada a condición de conocer la
verdad, única forma de devolver la ansiada paz al pueblo y poder
trabajar en la reconstrucción de la identidad nacional. Pero, claro se
puso fin a un régimen profundamente injusto y arbitrario a cambio de
aceptar convivir pacíficamente con los verdugos de antes. Situación
para nada semejante con la que vivió el Perú hace algunos años y la
sigue padeciendo aún en algunas parcelas del territorio nacional, en
que una gavilla de asesinos lunáticos pretenden imponer la ley del
crimen a mansalva recurriendo cobardemente al accionar terrorista
animados por un desquiciado señuelo. La violencia de estos grupúsculos
terroristas no es política ni social, por más que algunos de sus
ocasionales panegiristas le hayan querido dar esa connotación. Es
criminal, sin atenuantes. Y que haya entidades preocupadas en
defenderlos plantea el problema de saber si corresponde seguir
calificando a éstas como organizaciones sin fines de lucro, exoneradas
del pago de impuestos, o más bien considerarlas como organizaciones
políticas al servicio de quienes reniegan de la democracia. Y es aquí
cuando sus cándidos benefactores deberían pensar tres veces antes de
seguir remitiendo inercialmente sus contribuciones. Porque corren el
riesgo de ser identificados esos benefactores como apologistas del
terrorismo, con todo lo que esto implica en sus respectivos países de
contar el Perú con abogados prestos a arremeter contra estos incautos.
Visto ahora el escándalo provocado por Aprodeh desde el ángulo de la
práctica internacional que se sigue contra los terroristas,
comprobamos que ningún Estado tiene miramientos para con este flagelo,
con excepción del Perú. Es decir, acá somos más papistas que el mismo
Papa. Es tan flagrante la contradicción que sólo en nuestro país se
empapela y busca sancionar a quienes, en cumplimiento del deber,
arriesgaron o arriesgan sus vidas en la lucha contra el terrorismo
genocida, al paso que se busca reservar un trato deferente y delicado
a los bárbaros terroristas. No es coincidencia que los primeros sean
sospechosamente objeto del escarnio mediático, y los terroristas pasen
por víctimas propiciatorias de las imaginadas horcas caudinas
democráticas. ¡Aberrante ironía!
¿Por qué esos autoproclamados defensores de los derechos humanos no
exigen que se aplique en el Perú el modelo cubano, más acorde con su
inclinación ideológica, para combatir el flagelo terrorista? Como se
sabe en la isla del Comandante Castro a los terroristas se les condena
a la pena de muerte sin miramiento alguno. Sin ir muy lejos, hace unos
días se sentenció a tres supuestos terroristas a la pena máxima, uno
de ellos cubano-estadounidense. Y es que allá se ve al terrorismo como
gangrena como ocurre en Chechenia o en China. Y a la gangrena la
amputan quirúrgicamente, mientras que acá a causa de vivir el pueblo
peruano literalmente sitiado por el cacareo de los inopinados
defensores del terrorismo, se debe gastar ingentes sumas de dinero de
los contribuyentes para defenderse en parodias de juicio en San José,
por estar condenado el Perú de antemano, y, encima, pagar cuantiosas
reparaciones a favor de quienes tuvieron la felonía de querer destruir
al Perú. ¿Hasta cuando se debe tolerar el manejo abusivo del derecho
que responde al interés subalterno de algunos de asegurarse un medio
de vida? ¿Se puede permitir que le impongan al Perú democrático una
agenda espuria, ajena a la tarea prioritaria de coadyuvar a combatir
los niveles intolerables de pobreza y a reducir el peligroso "gap"
entre ricos y pobres? ¿Qué cosa es lo que más nos importa como Estado?
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